CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
INSTITUTO DE DERECHO PÚBLICO COMPARADO 

La historia constitucional de México, pese a iniciarse incluso antes de acceder a la independencia (su primer texto constitucional es de 22 de octubre de 1814), ofrece un número exiguo de Constituciones. Obviamente este dato no es sin embargo fruto de una estabilidad institucional; aunque en menor medida que buena parte de los países cuyos textos constitucionales se recogen en el presente volumen, la historia política mexicana en el curso del siglo XIX es, en todo caso, agitada contando con muy diversos regímenes y formas de gobierno. No obstante, como ya se ha dicho sus textos constitucionales se reducen al ya citado de 1814 de muy corta vigencia, al Acta Constitutiva de la Nación Mexicana de 4 de octubre de 1824, las Siete Leyes Constitucionales de 1836, las Bases de la organización política de la República de 12 de junio de 1843, la Constitución de 1857 y, por supuesto la Constitución hoy vigente de 10 de mayo de 1917.

La vigente Constitución de 1917 inauguró un período de estabilidad institucional bajo la hegemonía del Partido Revolucionario Institucional que con diversas denominaciones ha dominado la vida política desde entonces hasta las elecciones legislativas y presidenciales celebradas el 2 de julio de 2000 que dieron la mayoría tanto en el Congreso como en el Senado al PAN y la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos a Fox (anteriormente, ya las  elecciones legislativas de 7 de julio de 1997 representaron por primera vez la pérdida de dicha hegemonía en la medida en que la oposición al PRI, bien es verdad que agrupando a todos los restantes partidos del arco parlamentario, había logrado constituir una mayoría alternativa a la hora de designar a los órganos rectores de la Cámara de Diputados).

La elaboración del texto constitucional de 1917 fue fruto del movimiento social que se inició en 1910 con la rebelión de Madero contra el Presidente Porfirio Díaz a fin de evitar una nueva reelección de éste. La inestabilidad y la guerra civil se prolongaron hasta la definitiva consolidación de Venustiano Carranza,período durante el que se expidieron numerosos decretos de carácter social que influirían decisivamente en el carácter avanzado del texto constitucional, que se elaboraría como conclusión de esta etapa. La Constitución fue elaborada por un Congreso constituyente reunido en Querétaro e integrado por 214 diputados. Sus sesiones tuvieron lugar de 10 de diciembre de 1916 a 31 de enero de 1917, siendo jurado el nuevo texto constitucional el 5 de febrero, entrando en vigor el 10 de mayo de 1917.

A lo largo de sus más de 75 años de vigencia la Constitución ha sido reformada en numerosas ocasiones (se dice que ha sufrido mas de 250 reformas) con muy diverso alcance. Uno de sus analistas, J. Carpizo, detecta hasta siete modalidades de reforma (gramaticales, de artículos mal colocados, para regresar el precepto original, aumentar facultades del Presidente, federalizar materias, con alcances positivos y otras reformas significativas) y, aun así, no puede dar cuenta de la heterogeneidad de las reformas incluyendo un último apartado de contenido abierto.

La consecuencia de estas frecuentes reformas a que se ve sometida la Constitución mexicana es que bien puede afirmarse que, en la práctica, en México se ha producido una cierta reconsideración del significado y contenidos de la noción de constitución en la vida jurídica del país. En la actualidad, dados los heterogéneos contenidos de su texto (con frecuencia de carácter reglamentario) cabe afirmar que en la realidad jurídica mexicana la Constitución, mas que ser aquella norma que regula los valores y derechos básicos de la persona y la organización de los poderes públicos adecuada a la garantía de tales valores, es sobre todo el texto normativo que acoge aquellas cuestiones que se quieren situar más allá del debate político cotidiano.

En todo caso, sea cual sea la noción de constitución en la vida jurídica mexicana, parece obvio que en esta ocasión es más necesario que en cualquier otro apartado de este libro advertir de la fecha de cierre del mismo. A estos efectos, el texto constitucional que se recoge en el libro " Las Constituciones de Iberoamérica" se halla cerrado a 30 de septiembre de 2001.  Incorpora, por tanto, la muy importante reforma que se publicó en el Diario Oficial el pasado 14 de agosto de ese año  en la que se reconocen numerosos derechos a las comunidades indígenas, atendiendo a las reivindicaciones que en tal sentido habían mantenido determinados grupos políticos y colectividades indígenas (el más activo y conocido el Ejercito Zapatista de Liberación Nacional).

La versión contenida en esta página web incorpora, además, las siguientes reformas:

-  La reforma introducida por el Decreto 152, publicado en el Diario Oficial el 14 de junio de 2002.  Esta  sólo entrará en vigor el 1 de enero de 2004, y se refiere a la responsabilidad patrimonial del Estado por irregularidades en el ejercicio de la actividad administrativa.
-  La reforma introducida por el Decreto del 8 de noviembre de 2002 por medio de la cual se modificaron los artículos 3 y 31.
-  La reforma contenida en el Decreto de 21 de mayo de 2003, publicado el 29  de septiembre del mismo año, por medio del cual se adicionó  el artículo 73.


Texto de la Constitución de 1917