CONSTITUIÇÃO FEDERAL DE 1988
INSTITUTO DE DERECHO PÚBLICO COMPARADO 

Brasil sigue en líneas generales la evolución constitucional de los países latinoamericanos cuyos textos constitucionales se incluyen en el presente volumen: una primera etapa de cierta estabilidad política y constitucional en el curso del siglo XIX con un impulso económico a mediados de siglo (especialmente a partir de la proclamación de Pedro II como emperador en 1840) que favorece la consolidación, y un paulatino incremento de la inestabilidad a partir de los años 20 del presente siglo, agravado a partir de la II guerra mundial con la asunción del poder por los militares en la década de los años 60 que interrumpen la legalidad constitucional (31 de marzo de 1964) e implantan un gobierno de "facto".

Sin embargo, al margen de otras particularidades de detalle, la evolución constitucional brasileña cuenta con dos importantes notas específicas. De un lado Brasil ha tenido durante un amplio período del siglo XIX una forma monárquica de gobierno, en cuya etapa estuvo vigente la Constitución de 25 de marzo de 1824, ampliamente reformada en 1834. De otro lado, coincidiendo con la implantación de la República (15 de noviembre de 1889), el establecimiento de una estructura federal, que aparecerá por primera vez en la Constitución de 24 de febrero de 1891 y se reitera en el constitucionalismo ulterior (constituciones de 16 de julio de 1934 y 18 de septiembre de 1946) con la salvedad de la Constitución de 10 de noviembre de 1937, de inspiración fascista y elaborada por el Presidente Getulio Vargas.

 La Constitución vigente ha sido elaborada en el marco del proceso de apertura del régimen militar implantado desde 1964 hasta 1981, bajo cuya vigencia se mantuvo la apariencia de régimen constitucional (Constitución de 24 de enero de 1967, ampliamente reformada en 1969) matizado por una serie de Actas institucionales.

Dicho proceso de cambio se inicia con las elecciones municipales y legislativas de 1982 (en las que destacan los positivos resultados obtenidos por la oposición pese al triunfo del Partido Democrático Social) en cuyo contexto tiene lugar en 1985 la elección indirecta de Tancredo Neves como Presidente y Jose Sarney como Vicepresidente (avalado por el Partido del Movimiento Democrático Brasileño (P.M.D.B.) y el Partido del Frente Liberal frente al candidato oficial Paulo Maluf), siendo finalmente este último el que asume efectivamente la Presidencia ante el fallecimiento del primero antes de la toma de posesión.

El 15 de noviembre de 1986 se celebran elecciones constituyentes que se había comprometido a convocar el frustrado Presidente Neves; sus resultados marcan un claro triunfo del P.M.D.B. que había liderado la oposición al régimen militar y la derrota del P.D.S. con claras connivencias con el gobierno militar. El proceso constituyente queda concluido el 5 de octubre de 1988 fecha en que se promulga la nueva Constitución, que curiosamente deja en cierta medida abierto el proceso constituyente por cuanto su disposición transitoria 2ª prescribe un plebiscito a celebrar el 7 de septiembre de 1993 sobre la forma de gobierno, "república o monarquía constitucional" y sobre el sistema de gobierno, "parlamentarismo o presidencialismo", así como que en el plazo de cinco años desde la promulgación de la Constitución,  el Congreso Nacional integrado por ambas Cámaras, reunidas en sesión conjunta, deberá por mayoría absoluta revisar la Constitución (disposición transitoria 33).

Las elecciones presidenciales de Diciembre de 1989 en las que resultó elegido en segunda vuelta Collor de Melo y las elecciones legislativas y regionales de octubre de 1990, han representado la plena implantación del régimen constitucional. Llama en todo caso la atención que, quizás por esa apertura de la propia Constitución a su reforma, quizás por una todavía deficiente consolidación de las instituciones constitucionales (A. Maues -"Constituiçao e democracia". Sao Paulo. 2001- indica en este sentido que “la secuencia de reformas a que la Constitución de 1988 ha pasado a estar sometida expresa obviamente una ausencia de consenso en su entorno”), quizás por otras causas, el texto constitucional ha sido objeto en sus trece años de vigencia de numerosos intentos de reforma, treinta y ocho de los cuáles han prosperado (seis enmiendas constitucionales de revisión y treinta y dos enmiendas constitucionales) (la última de éstas, del mes de septiembre de año 2001). El texto que se ofrece a continuación incorpora los preceptos constitucionales tal como han quedado redactados después de estas cuarenta y una  reformas. No obstante, siguiendo la tradición brasileña, tales enmiendas aparecen igualmente recogidas al final del texto toda vez que en determinadas ocasiones, la reforma incorpora otros elementos necesarios para la comprensión de la misma pero que no necesariamente pasan a integrarse en el texto de la Constitución.

Es conveniente aclarar que tras la publicación de "Las Constituciones de Iberoamérica" (L. López Guerra - L.Aguiar), Unión Iberoamericana de Colegios de Abogados-Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, 2001, han sido aprobadas diez nuevas enmiendas constitucionales (nº 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 42).  Estas modifican los artículos 37, 40, 42, 48, 52, 53, 76, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 96, 100, 146, 149, 150, 153, 155,156, 158, 159, 163, 167, 170, 177, 192, 195, 201, 204, 216, 222 y los artículos transitorios  52, 90, 91, 92, 93 y 94.  Así mismo, se ha adicionado los artículos 146-A y 149A.  Estas reformas han sido incluidas en el presente texto.