SENTENCIAS DICTADAS
DURANTE LOS ÚLTIMOS PERIODOS DE SESIONES
Comentario
de Paula Lizano
Las sentencias que se refieren a la
fase de reparaciones constituyen un avance importante en la protección
de los familiares de las víctimas, que aun sin tener mayor prueba
han sido beneficiados con indemnizaciones en lo relativo al daño
material (Paniagua Morales y Villagran). Asimismo en la sentencia de Villagran
hay una reparación de satisfacción (poner el nombre de las
victimas a una escuela) que sólo se habia otorgado en el caso Aloeboetoe
en septiembre de 1993. sobre la la misma materia, el caso Cesti Hurtado
contra el Perú
Hay sentencia de fondo y reparaciones
en el caso Mayagna Awas Tigni vs. Nicaragua, en donde la Corte interpreta
el artículo 21 de la Convención (derecho a la propiedad)
de manera extensiva, señalando que dentro de este concepto debe
incluirse todos los tipos de propiedad que se tengan en una determinada
legislación. Para efectos del caso concreto se determinó
la violación del artículo 21 de la comunidad Mayagna Awas
Tigni (comunidad indigena del Atlántico)
Las sentencias que corresponden a la
etapa de excepciones preliminares, es decir, a la admisibilidad del caso
ante el Tribunal, se refieren a casos en contra de Trinidad y Tobago y
Argentina. En los primeros es destacable el pronunciamiento de la Corte
sobre las reservas de los Estados en materia de derechos humanos y la circunstancia
especial de que dicho Estado denunció la competencia contenciosa
de la Corte en mayo de 1998. En cuanto al caso Cantos vs. Argentina es
interesante resaltar la interpretación que hizo la Corte sobre la
posiblidad que tendrian las personas juridicas de acceder a un tribunal
de derechos humanos, siempre y cuando se vean, a través de estas
ficciones juridicas, afectados derechos de personas fisicas