|
JUSTICIA
CONSTITUCIONAL EN IBEROAMÉRICA
|
|
INSTITUTO
DE DERECHO PÚBLICO COMPARADO
|
-
Aspectos normativos
y orgánicos
-
Competencias
-
Datos cuantitativos
-
Dirección y otras
informaciones
-
Bibliografía
| ASPECTOS
NORMATIVOS Y ORGÁNICOS |
1.- Modelo:
Coexisten elementos del sistema concentrado y del sistema difuso. Del primero,
porque sólo a la Sala corresponde el conocimiento y decisión
de los procesos de inconstitucionalidad y de amparo, así como –por
vía del recurso de revisión– de las resoluciones de hábeas
corpus o exhibición personal denegatorias de la libertad, dictadas
por las Cámaras de Segunda Instancia que no residen en la capital.
Del segundo, porque la Constitución atribuye a todos los tribunales
integrantes del Órgano Judicial la facultad de declarar la inaplicabilidad
de disposiciones jurídicas provenientes de otros órganos,
incluyendo tratados, la cual ejercen de manera independiente a la Sala
2.- Órgano que
cierra el sistema: Sala de lo Constitucional (SC) de la Corte
Suprema de Justicia (CSJ)
3.- Regulación:
-
Constitución
de la República de El Salvador (Decreto Constituyente N° 38,
de 15-XII-1983, publicado en el Diario Oficial N° 234, Tomo 281, correspondiente
al 16-XII-1983). Arts. 11 inc. 2°, 138, 149, 174, 176, 182 ord. 7°,
183, 186 y 247
-
Ley
de Procedimientos Constitucionales (Decreto Legislativo N° 2996,
de 14-I-1960, publicado en el Diario Oficial N° 15, Tomo 186, correspondiente
al 22-I-1960)
-
Ley
Orgánica Judicial: (Decreto Legislativo N° 123, de 6-VI-1984,
publicado en el Diario Oficial N° 115, Tomo 283, correspondiente al
20-VI-1984). Arts. 2, 4, 11, 12 inc. 1, 14 inc. 1°, 27, 28, 30 a 33,
53, 70, 82, 91, 92 y 128
4.- Creación:
La Sala de lo Constitucional fue creada por la vigente Constitución
y comenzó a actuar el 1 de julio de 1984
5.- Precedente: Hasta
la creación de la Sala de lo Constitucional, el control de constitucionalidad
de leyes era ejercido por la Corte Suprema de Justicia, quien también
conocía del hábeas corpus; integrando la CSJ, había
una Sala de Amparos, que conocía de esos procesos
6.- Status del Tribunal:
La Sala es un tribunal de creación constitucional, que ejerce su
jurisdicción en todo el territorio nacional; posee autonomía
jurisdiccional respecto de las otras Salas de la CSJ y respecto del Pleno,
aunque no goza de autonomía reglamentaria ni presupuestaria
7.- Composición:
5 miembros propietarios y 5 suplentes
8.- Mandato:
Los Magistrados de la Sala son elegidos para un período de 9 años,
y pueden ser reelegidos inmediatamente. La Constitución Salvadoreña
prescribe que la CSJ (integrada por 15 Magistrados) se debe renovar por
terceras partes cada 3 años, por lo que tal renovación también
incide en la SC
9.- Proceso de designación:
Los Magistrados propietarios y los suplentes de la CSJ son elegidos con
una mayoría de 2/3 por la Asamblea Legislativa, quien asimismo designa
a los Magistrados propietarios y los suplentes que han de integrar la SC.
La elección de los Magistrados de la CSJ –que incluye a los de la
Sala– se hace de entre una lista de candidatos que forma el Consejo Nacional
de la Judicatura, de la cual la mitad es elaborada por las asociaciones
de abogados, quienes escogen a sus candidatos mediante elecciones con participación
de todos los abogados de la República; la otra mitad es formada
libremente por el CNJ, de entre abogados que se postulan ante él,
siempre que cumplan con los requisitos constitucionales y legales
10.- Elementos no reglados
de la selección: En las últimas elecciones de
Magistrados a la CSJ (1994, 1997 y 2000), se ha procurado por la Asamblea
Legislativa que la elección sea por unanimidad o, al menos, por
una mayoría muy alta de votos. Así, en tales ocasiones, se
ha seleccionado a los Magistrados que habrían de renovar la tercera
parte del tribunal, por mayorías que pasan de 78 votos, de un total
de 84, superando el mínimo que exige la Constitución, que
es de 56.
La elección de 2000 ha experimentado
una innovación: los Diputados elaboraron un cuestionario-guía
que les sirviera para dirigir una entrevista que sostendrían con
cada aspirante a Magistrado, con la cual pudieran conocer la posición
de cada uno de ellos en torno a una serie de aspectos vinculados a la administración
de justicia -ya que la CSJ, además de sus funciones estrictamente
jurisdiccionales, realiza una serie de funciones administrativas relacionadas
con el Órgano Judicial-; dicho cuestionario fue publicado en los
periódicos, aunque no la posición que cada uno de los aspirantes
adoptó sobre los tópicos -seis- respecto de los cuales fueron
sometidos a evaluación
11.- Cualificación
de los Magistrados: Según la Constitución Salvadoreña,
los Magistrados de la CSJ –lo cual también es exigible para los
de la Sala– deben ser abogados de moralidad y competencia notorias, que
hayan desempeñado una magistratura de segunda instancia durante
seis años o una judicatura de primera instancia durante nueve años,
o que hayan obtenido la autorización para ejercer la profesión
de abogado por lo menos diez años antes de su elección; además,
deben ser representantes de las más relevantes corrientes del pensamiento
jurídico
12.- Status de los Magistrados:
Son independientes e inmovibles, salvo destitución acordada por
la Asamblea Legislativa, con voto de 2/3, por causas específicas
previamente establecidas por la ley; igual que los Magistrados de la CSJ,
responden ante la Asamblea Legislativa por los delitos oficiales y comunes
que cometan. Su cargo es incompatible con el ejercicio de la abogacía
y del notariado, así como con la de funcionario de los otros órganos
del Estado, excepto la de docente y de diplomático en misión
transitoria
13.- Organización
interna: La Sala solo puede actuar en pleno; no hay colegios
decisores. Su Presidente es el mismo de la CSJ y del Órgano Judicial;
en defecto del Presidente, ejercen sus funciones los vocales de la Sala,
en el orden de su designación. Los aspectos presupuestarios y de
personal de la Sala son manejados por la CSJ
14.- Órganos auxiliares:
-
Secretaría, a cargo del Secretario
de la Sala, quien depende directamente de los Magistrados y realiza, además
de su función esencial de autorizar las resoluciones y sentencias
de la Sala, el manejo del personal –tanto de los colaboradores jurídicos
como el personal administrativo de la misma secretaría–, así
como notificar a las partes las decisiones e informar al público,
medios de comunicación, etc., sobre la situación de los procesos
-
Oficina Administrativa de la Sala,
a cargo de un Administrador, quien depende del Presidente y se encarga
del soporte administrativo a las unidades de la Sala, de los suministros,
de la gerenciación de los proyectos administrativos del tribunal
y de la coordinación entre los Magistrados, la Secretaría
y el Cuerpo de Colaboradores Jurídicos
-
Cuerpo de Colaboradores Jurídicos
–veinte–:
son nombrados por la CSJ, de entre abogados que cumplan los mismos requisitos
que la Constitución exige para ser juez de primera instancia; asisten
a los Magistrados en el desarrollo de sus funciones jurisdiccionales, y
se encuentran divididos organizativamente en cuatro unidades: admisión
y trámite, sentencias de hábeas corpus, sentencias de amparo
y sentencias de inconstitucionalidad, cada una a cargo de un coordinador,
quien también pertenece al Cuerpo de Colaboradores Jurídicos
15.- Procedimiento interno
de estudio de los asuntos:
-
Recibidas las demandas en la Secretaría,
se registran y son enviadas a la unidad de admisión y trámite,
en la cual se elabora el proyecto de admisión o, en su caso, de
improcedencia –rechazo liminar–; si, visto el asunto por los Magistrados,
es admitido a trámite, se sigue el procedimiento legalmente previsto,
que básicamente consiste en otorgar a las partes la oportunidad
de probar y argumentar sobre la existencia del acto lesivo –o su inexistencia–
y establecer su inconstitucionalidad o constitucionalidad. La unidad de
admisión y trámite se encarga de elaborar los proyectos de
resoluciones de trámite, para proponerlos a los Magistrados, hasta
dejar el proceso en estado de pronunciar sentencia de fondo
-
Concluido el trámite, se envía
a la unidad de sentencia correspondiente, en la cual el coordinador respectivo
asigna a un colaborador jurídico la realización del estudio
que concluye en la elaboración del proyecto de sentencia, siguiendo
los criterios de orden de ingreso –antigüedad– y materia a la que
corresponde los hechos en que se originó la supuesta violación,
o a la que pertenecen las disposiciones o cuerpos normativos impugnados
–administrativa, tributaria, familiar, procesal civil, etc.-; concluido
el estudio y elaborado el proyecto, se remite al Magistrado ponente, quien
realiza las correcciones y observaciones pertinentes, incorporadas las
cuales, lo somete a la Sala
16.- Competencias:
-
Controversias en el procedimiento de formación
de la ley: mecanismo de control previo que opera cuando el Presidente
de la República veta un proyecto de ley por razones de inconstitucionalidad
y la Asamblea Legislativa supera el veto con mayoría de 2/3; la
SC, luego de oír a ambos órganos, decide si el proyecto es
o no constitucional
-
Proceso de inconstitucionalidad: control
directo y abstracto de la constitucionalidad de disposiciones generales
o cuerpos normativos –independientemente de su rango, lo cual incluye tratados–,
por vicios en su forma o en su contenido; legitimación amplia, pues
lo puede promover cualquier ciudadano; también se admite la legitimación
activa del Fiscal General de la República y del Procurador para
la Defensa de los Derechos Humanos
-
Proceso de amparo: instrumento procesal
de protección a los derechos que otorga la Constitución;
la legitimación la ostenta cualquier persona que resulte agraviada,
en cualquiera de esos derechos, por actos de autoridad
-
Proceso de hábeas corpus o exhibición
personal: protección de la libertad individual de toda persona,
así como de la dignidad e integridad de los detenidos; legitimación
amplia, ya que lo puede solicitar cualquier persona –peticionario– en favor
de quien se encuentra con su libertad restringida o sufre atentados contra
su dignidad o integridad –favorecido–
-
Procedimiento de suspensión, pérdida
y rehabilitación de los derechos de ciudadanía: garantía
jurisdiccional para un ciudadano a quien se le pretenda suspender o privar
temporalmente de los derechos políticos, en los supuestos previstos
por la Constitución
17. Estadísticas:
Asuntos ingresados
|
Año
|
Habeas corpus
|
Amparos
|
Inconstitucio-
nalidades
|
Suspensión, pérdida
y reha- bilitación de los derechos de ciudadanía
|
Total
|
|
1996
|
688
|
379
|
45
|
0
|
1112
|
|
1997
|
581
|
465
|
24
|
0
|
1070
|
|
1998
|
602
|
596
|
24
|
0
|
1222
|
|
1999
|
457
|
960
|
27
|
0
|
1444
|
|
2000
|
426
|
707
|
44
|
0
|
1177
|
|
2001
|
300
|
475
|
35
|
0
|
1080
|
|
2002
|
265
|
1361
|
44
|
0
|
1670
|
|
Total
|
3319
|
5213
|
243
|
0
|
8775
|
Asuntos resueltos
| |
Hábeas corpus
|
Amparos
|
Inconstitucio-
nalidades
|
Suspensión, pérdida
y reha- bilitación de los derechos de ciudadanía
|
Total
|
|
1996
|
534
|
385
|
11
|
0
|
930
|
|
1997
|
530
|
407
|
15
|
0
|
952
|
|
1998
|
602
|
618
|
24
|
0
|
1244
|
|
1999
|
471
|
549
|
26
|
0
|
1046
|
|
2000
|
353
|
702
|
33
|
0
|
1088
|
|
2001
|
239
|
947
|
46
|
0
|
1232
|
|
2002
|
373
|
1051
|
55
|
0
|
1479
|
|
Total
|
3102
|
4659
|
210
|
0
|
7971
|
Resoluciones dictadas que ponen fin
a asuntos
|
Año
|
Sentencias
|
Autos
|
Total
|
|
1996
|
509
|
421
|
930
|
|
1997
|
542
|
410
|
952
|
|
1998
|
638
|
606
|
1244
|
|
1999
|
524
|
522
|
1046
|
|
2000
|
380
|
708
|
1088
|
|
2001
|
346
|
886
|
1232
|
|
2002
|
465
|
1014
|
1479
|
|
Total
|
3404
|
4567
|
7971
|
Fuente: Secretaría de la Sala de
lo Constitucional
19.- Tiempo medio de resolución
de los asuntos: No hay datos
| DIRECCIÓN
Y OTRAS INFORMACIONES |
20.- Biblioteca:
Existe una biblioteca situada en la sede de la Sala de más de 500
volúmenes, además de revistas y bases de datos
21.- Publicaciones:
-
Revista de Derecho Constitucional,
publicación trimestral de las decisiones (Sentencias y Autos) de
la Sala de lo Constitucional
22.- Bases de datos informatizadas:
-
Centro de Jurisprudencia de la Corte Suprema
de Justicia. Recoge la jurisprudencia de las Salas de la CSJ –incluida
la de lo Constitucional– desde 1994. Acceso libre
23.- Página web:
http://www.csj.gob.sv/idioma.htm
24.- Dirección:
Corte Suprema de Justicia
Centro de Gobierno
San Salvador (El Salvador)
25.- Teléfono:
(503) 271-8888
27.- Correo electrónico:
info1csj@salnet.net
28.- Bibliografía
básica:
-
General:
-
Anaya Barraza, Salvador Enrique: "La jurisdicción
constitucional en El Salvador", en La Jurisdicción Constitucional
en Iberoamérica, Dykinson, Madrid, 1997
-
Bertrand Galindo, Francisco; Tinetti, José
Albino et alli: Manual de Derecho Constitucional. Ministerio de
Justicia, San Salvador, 1998
-
Hernández Reyes, Ana Patricia, et alli:
Protección
constitucional de los derechos humanos. Tesis de Licenciatura, Universidad
Centroamericana José Simeón Cañas, UCA. San Salvador,
1993
-
Kelmann, Alexander, y Vargas, René:
El
Tribunal Constitucional en El Salvador. Tesis de Licenciatura, Universidad
Centroamericana José Simeón Cañas, UCA. San Salvador,
1991
-
Laguardia, Sandra Morena: La garantía
de audiencia en la doctrina de la Sala de lo Constitucional. Tesis
de Licenciatura, Universidad José Matías Delgado, San Salvador,
1990
-
Montecino Giralt, Manuel Arturo: "Defensa
de la Constitución", en Teoría de la Constitución
Salvadoreña, Unión Europea-Corte Suprema de Justicia,
San Salvador, 2000
-
Tinetti, José Albino: "La justicia
constitucional en El Salvador", en Anuario Iberoamericano de Justicia
Constitucional. Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1997
-
Inconstitucionalidad:
-
Aguilar Pocasangre, Margarita, e Iglesias
Herrera, Ricardo: El Proceso de Inconstitucionalidad en El Salvador.
Tesis de Licenciatura, Universidad Centroamericana José Simeón
Cañas, UCA. San Salvador, 1989
-
Cortez Estévez, Yanira del Carmen et
alli: El proceso de inconstitucionalidad en El Salvador: la jurisprudencia
constitucional. Tesis de Licenciatura, Universidad Centroamericana
José Simeón Cañas, UCA. San Salvador, 1990
-
Cuestas Ramírez, Ruth Jeannette: La
inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos: introducción
teórica. Tesis de Licenciatura, Universidad Centroamericana
José Simeón Cañas, UCA. San Salvador, 1990
-
Molina, Carmen Elena: El proceso
de inconstitucionalidad como mecanismo de control y defensa del sistema
democrático. Tesis de Licenciatura, Universidad José
Matías Delgado, San Salvador, 1987
-
Amparo:
-
Chacón Giammattei, María
Eugenia, y Saprissa Escobar, Carmen María: El Amparo: Principios
Fundamentales. Tesis de Licenciatura, Universidad José Matías
Delgado, San Salvador, 1993
-
Clará Mauricio Alfredo: "Improcedencia
del amparo en los asuntos puramente civiles, comerciales o laborales",
en Revista de Derecho Constitucional, Sala de lo Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia, San Salvador, N° 2, 1992
-
Hábeas corpus:
-
Anaya Barraza, Salvador Enrique: "Comentando
jurisprudencia. Constitución y detención provisional", en
Divulgación
Jurídica, UTE, San Salvador, año I, N° 6, 1997
-
Anaya Barraza, Salvador Enrique: "La detención
provisional y el proceso de hábeas corpus", en Ensayos doctrinarios.
Nuevo Código Procesal Penal. UTE, San Salvador, 1998
Última modificación:11
de marzo de 2003
(c) R. González Bonilla/Universidad
Carlos III de Madrid