
En este caso en un contrato de compraventa nacional de un inmueble entre dos particulares, el tribunal entiende que la Convención de Viena y específicamente su art.25 sobre incumplimiento esencial puede integrar el art.1124 del Código Civil español, siguiendo el mandato de interpretarlo con arreglo a la realidad social del momento en que se aplica. El tribunal también cita como apoyo al artículo 8:103, c) de los Principios de Derecho europeo de contratos.
