
El 6 de agosto de 1999, la Presidencia de la República remitió
a esta Corporación, copia auténtica de la Ley 518 del 4 de
agosto de 1999, "Por medio de la cual se aprueba la CONVENCIÓN DE
LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS CONTRATOS DE CONPRAVENTA INTERNACIONAL DE
MERCADERIAS", hecha en Viena el 11 de abril de 1980, en cumplimiento de
lo dispuesto por el numeral 10 del artículo 241 de la Constitución
Política.
El Magistrado Sustanciador, mediante auto del 30 de Agosto de 1999, avocó el conocimiento de la revisión constitucional de la ley y la convención referidas, y dispuso la práctica de pruebas, la fijación del negocio en lista por 10 días con el fin de permitir la intervención ciudadana, y ordenó el traslado del negocio al señor Procurador General de la Nación para efectos de rendir el concepto de su competencia.
Una vez cumplidos los trámites señalados, y en ejercicio
de la competencia que le asigna la Constitución, procede la Corte
a pronunciar la decisión correspondiente.
